Villa Soldati: Ciudad subasta en lote 40 locales del Barrio Olímpico y pide un cuarto menos que en 2019

Integrantes de la Junta Comunal 8 piden informes sobre esta operación. Dicen que al venderse en conjunto ninguna pyme puede acceder.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por medio del Instituto de Vivienda (IVC) y el Banco Ciudad, subastará este 15 de julio en lote los 40 locales comerciales ubicados en la planta baja de los 29 edificios que componen el Barrio Olímpico de Villa Soldati (Comuna 8). El precio base es U$S1.580.000, cuando en 2019 solicitaba U$S2.000.000.

En la página oficial del Banco Ciudad se explicita sobre la subasta: “GARANTIA: Para participar del proceso de SUBASTA ON LINE, los interesados en realizar ofertas deberán constituir 48 hs. previo a la fecha programada de la subasta, una garantía por la suma equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del precio base, mediante las siguientes modalidades (Art.6° del Acta de Directorio N° ACDIR-2020-5912-GCABA-IVC): a) Caución real. b) Aval Bancario u otra fianza constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos, así como al beneficio de interpelación judicial previa. En el caso del adjudicatario, la misma tendrá vigencia hasta la cancelación de todos los gastos derivados de la escrituración, una vez saldado el precio final. La venta se efectuará “Ad Corpus” y en el estado de conservación y condiciones estructurales en que se encuentran”.

La diferencia del precio base en una fecha cancelada de 2019 y la vigente para el 15 de julio de 2020:

El Barrio Olímpico tiene 1.050 departamentos, de los cuales solo se han ocupado el 20% con sus adjudicatarios. Faltan entregar cerca de 300 unidades. Quienes ya viven allí denuncian que les han venido fuertes aumentos en el servicio de luz; algunos fueron recategorizados.

Ante esta situación, la Junta Comunal 8 (Villa Soldati, Villa Lugano, Villa Riachuelo) envió un pedido de informe a Juan Maquieyra, presidente del IVC) y al jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta.

Los firmantes del pedido de informe, el presidente de la Junta Comunal, Miguel “Mope” Eviner, y los comuneros Nayla Loitegui, Héctor Wulffe y Eliana Núñez.

“El escrito, presentado el sábado 11 de julio, expresa el rechazo al manejo unilateral del Instituto de la Vivienda de la Ciudad, que no dió ninguna participación a la Junta Comunal (siendo este el órgano directo de representación de los vecinos y vecinas de la Comuna) y la suspensión de la operatoria”, señalan integrantes de la Junta.

“Remarcan la preocupación que les genera las prioridades que demuestra tener el Instituto de la Vivienda de la Ciudad en este contexto de crisis sanitaria que vive el país, y específicamente la Ciudad. También marcan sus diferencias con el método implementado para realizar la subasta: “Se advierte la partiularidad de que la subasta se realiza por el conjunto de los cuarenta locales comerciales y no de manera individual, por cada uno de ellos. Esto así, en primer lugar, determina que el acceso solo va a ser posible a grandes empresas y no así a PyMEs o vecinos particulares que tengan intención de participar de la operación”.

“El Barrio Olímpico comenzó a construirse a principios de 2017 a partir de la Ley 5704, sancionada el 24 de noviembre de 2016, de cara a la realización de los Juegos Olímpicos de la Juventud que tuvieron lugar en la Ciudad de Buenos Aires en 2018. Tras el evento, la Ley estipulaba que el 50% de las viviendas debían ser adjudicadas a personas que acrediten al menos 5 años de residencia en la Comuna 8. Ante esto, los Comuneros y Comuneras del Frente de Todos de la Comuna 8, plantean que la adjudicación de los locales, debe tener una perspectiva social y barrial como tienen las viviendas”.

“Otro de los puntos que sobresalen del planteo de los miembros de la Junta Comunal radica sobre el destino de los fondos obtenido por la venta de los locales. En la convocatoria a la subasta, publicada en el Boletín Oficial el 23 de junio de 2020, no se explicita nada al respecto, por lo que se reclama que el destino sea el mismo que tienen los fondos surgidos de la venta de las viviendas, que contempla, entre otras cosas, obras de infraestructura que aporten al desarrollo económico y social de la Comuna 8.
La Presidencia de la Junta Comunal 8 fundamenta su reclamo en función de los artículos 10 y 11 de la ley de Comunas (1777), que, en virtud de las competencias exclusivas y concurrentes de las Juntas Comunales, pone en cabeza de estas la responsabilidad de llevar adelante toda acción que contribuya al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes y al desarrollo local, la evaluación de demandas y necesidades sociales en su ámbito territorial”, concluyen en la Junta Comunal 8.