Un proyecto de Ley propone que los artistas callejeros integren el patrimonio cultural porteño
Es para garantizar su presencia en el espacio público sin que les incauten sus instrumentos.
Para evitar que a los artistas callejeros les incauten sus instrumentos o les labren actas de contravención, legisladores de Unidad Ciudadana presentaron un proyecto de ley para que sus actividades integren el Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires (Ley 1.227).
El proyecto de ley busca que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires arbitre las medidas necesarias para “proteger, propiciar y fomentar las actividades de los artistas ambulantes e itinerantes en la vía pública, el espacio público y /o subtes”.
Los legisladores, señalan que con esta propuesta se beneficiarán “no sólo a los artistas, sino también a los ciudadanos porteños en general, y considerando que el espacio público posibilita la difusión del arte en un ámbito plural y diversificado”.
Los autores también hacen notar que los artistas callejeros “han manifestado en varias oportunidades la represión cultural”. “Incluso algunos Diputados/as, con mandato vigente y cumplido, han tenido que intervenir en ocasiones como en el año 2009 donde músicos callejeros fueron literalmente encerrados por la policía en el cajero automático del Banco Santander Río de la calle Florida al 100”, evocan.
El Frente de Artistas Ambulantes Organizados (FAAO) asegura que cuenta con 2.000 integrantes. “El Decreto 1239/93 permite actividades artísticas en plazas y paseos porteños, siempre que no produzcan deterioros en los espacios que utilicen. Pero esto choca con la Ley 1.540, que delimita los máximos de vibraciones permitidas y las áreas de sensibilidad acústica”, dijo a La Nación Alejandro Cabrera, saxofonista de Jamaicaderos y presidente de la organización.
La Ley 1.227 de la Ciudad de Buenos Aires establece en el inciso J del artículo 4 que las manifestaciones y expresiones intangibles susceptibles de conformar el Patrimonio Cultural porteño son aquellas expresiones “de la cultura ciudadana, que estén conformadas por las tradiciones, las costumbres y los hábitos de la comunidad”. En ese contexto buscan inscribir a los artistas callejeros. “El Estado debe reconocerlas (las actividades artísticas callejeras) sino también propiciar las condiciones necesarias para que éstas puedan desarrollarse”.
En la actualidad, los artistas callejeros deben sacar un permiso en el Gobierno porteño (Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público). Sin embargo, no pueden hacerlo dentro del Microcentro, en el polígono delimitado por Avenida Callao – Avenida Entre Ríos – Avenida Paseo Colón – Avenida Leandro N. Alem – Avenida Santa Fe (Comuna 1).
La Declaración 308/09 de la Legislatura porteña expresa su reconocimiento a las expresiones artísticas-musicales de los llamados “músicos callejeros” que se desempeñan en espacios de uso público, tales como plazas, parques, veredas y otros, en el ámbito porteño.