Un juez ordenó al GCBA cubrir alimentación e higiene a una familia venezolana

Se trata de un matrimonio con tres hijos menores de edad, que cuando ingresaron al país pidieron ser reconocidos como “refugiados”. La cobertura es el marco de la pandemia de coronavirus.

El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires Guillermo Scheibler ordenó al Gobierno porteño que ante la situación generada por la pandemia de coronavirus cubra las necesidades alimentarias e higiénicas básicas de un matrimonio venezolano y sus tres hijos menores de edad.

Fuentes judiciales informaron hoy que la medida cautelar, para cuyo cumplimiento se fijó el plazo de dos días, fue ordenada a favor de E.M.G.V. y A.A.R y sus tres hijos, de 7, 5 y 4 años de edad, quienes cuando ingresaron al país pidieron que, de acuerdo a la ley 26165, se los reconozca y proteja como “refugiados”.

Medidas cautelares similares como respuesta jurisdiccional a acciones de amparo por necesidades habitacionales, alimentarias y de higiene y aseo personal vienen creciendo tras la declaración de la “emergencia sanitaria” y la cuarentena dispuesta por el Gobierno nacional para mitigar la propagación del coronavirus, señalaron las fuentes.

En el caso del matrimonio venezolano, un asesor tutelar de la Ciudad expuso que debido a “las medidas dispuestas en el marco de la pandemia declarada por el coronavirus y el aislamiento social, preventivo y obligatorio” según DNU 297/2020, el grupo familiar no logra acceder a la alimentación adecuada.

El asesor afirmó que si bien R. trabaja en un restaurante de comida mexicana en San Telmo mientras G.V. se ocupa de los niños que concurren a establecimientos educativos, las restricciones vigentes redujeron sus ingresos y el subsidio habitacional de 8.000 pesos mensuales que reciben no cubre el alquiler que pagan en un hotel de ese barrio porteño.

Un informe ambiental consignó que “se trata de un grupo familiar migrante proveniente de Venezuela, con calidad de refugiados y sin red familiar”, y en “situación de vulnerabilidad socioeconómica”, y que “la totalidad de sus insuficientes” ingresos los brinda la administración local.

Scheibler acotó que la constitución porteña garantiza la protección integral de los niños y adolescentes, a las vez que establece desarrollar “políticas sociales coordinadas para superar las condiciones de pobreza y exclusión mediante recursos presupuestarios, técnicos y humanos” para asistir a “las personas con necesidades básicas insatisfechas”.

“Habida cuenta de que los amparistas no han logrado superar su estado de emergencia, y ante la amenaza de sufrir un perjuicio irreparable a sus derechos de no otorgársele la tutela precautoria, corresponde acceder al otorgamiento de la medida cautelar solicitada”, concluyó el magistrado.

Ayer se conoció que la jueza porteña Alejandra Petrella ordenó al Gobierno local que garantice para una “cartonera” y sus dos hijos menores de edad apoyo alimentario y elementos de higiene y limpieza hasta que concluya la cuarenta dispuesta para mitigar la propagación del coronavirus.

Agencia Télam