Subsidios por Inundaciones
El trámite para obtener un subsidio por inundación puede realizarse en las Sedes Comunales, dentro de los 20 días hábiles. El monto del subsidio se determinará en base al daño que verifique el organismo técnico competente, hasta la suma de $20.000 por solicitante
Se entregarán subsidios a todas aquellas personas afectadas por los fenómenos meteorológicos extraordinarios que sufran daños en:
- Bienes inmueble (hasta $20.000)
- Bienes muebles registrables (hasta $8.000)
- Bienes muebles (hasta $8.000)
Requisitos
Si el daño ocurrió en un inmueble:
- Original y fotocopia del DNI del solicitante.
- Acreditar titularidad del dominio o ser ocupante legítimo.
- Habilitación Municipal en caso de actividades que así la requieran o inicio de trámite.
- Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar los requisitos establecidos en la norma.
Si el daño se produjo en un bien mueble registrable, radicado en Capital Federal: (automotores, etc.)
- Original y fotocopia del DNI del solicitante.
- Acreditar titularidad del dominio.
- Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar los requisitos establecidos en la norma.
Si el daño se produjo en bienes muebles:
- Original y fotocopia del DNI del solicitante.
- Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar los requisitos establecidos en la norma.
IMPORTANTE
- SÓLO SE RECIBIRÁN SOLICITUDES QUE CUENTEN CON LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN INDICADA POR LA NORMA Y DENTRO DE LOS 20 DÍAS HÁBILES DESDE LA FECHA DEL EVENTO.
- LOS AUTOMOTORES DEBERÁN ESTAR RADICADOS EN CAPITAL FEDERAL.
Pasos para realizar el trámite
Tené en cuenta cuándo y dónde realizar el trámite
La presentación de la solicitud debe realizarse en cualquiera de las Sedes Comunales (CGP) de 9 a 18 hs. Debe completarse el formulario “Solicitud de Subsidio ley 1575” (para casa o para auto), dentro de los 20 días hábiles de ocurrido el hecho. Si el vencimiento fuera en día no hábil, se recibirán las solicitudes hasta el primer día hábil siguiente.
- SÓLO SE RECIBIRÁN SOLICITUDES EN SEDES COMUNALES (NO EN LA MESA GENERAL DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD)
Avisos:
- No debe registrarse deuda por Infracciones, lo que también debe resolverse en la Sede Comunal (CGP), al momento de iniciar el trámite.
- Para evitar un segundo trámite a los ciudadanos que han cumplido con sus obligaciones, el Gobierno porteño dispuso unificar la gestión en una sola ventanilla.
- Puede consultarse el estado de deuda en www.agip.gob.ar o en Sedes Comunales, y utilizar los medios de pago disponibles según el caso. Si en el transcurso del trámite se verifica una condición de morosidad, el pedido de subsidio no podrá ser tramitado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En ese caso, se le informa al vecino, quien deberá regularizar la deuda y reiniciar el proceso dentro del plazo de 20 días hábiles desde el siniestro.
Sabé quién puede hacerlo
El formulario debe estar firmado por el titular (original y duplicado). La presentación de la documentación y los formularios puede realizarla cualquier persona en cualquiera de las Sedes Comunales.
Más información
Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana
Dirección: Av. de Mayo 591
Horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 18 hs.
Tel.: 147
CRÉDITOS BANCO CIUDAD (ver link)
El Banco Ciudad ofrecerá líneas de créditos a tres años de plazo con una tasa de interés de 13% para reparar daños producto de esta catástrofe. Para los consorcios se entregarán hasta $120.000, para los comercios hasta $60.000 y para los individuos $40.000