Piden eximir de tributos a los desarrollos del Procrear en Nueva Pompeya y Barracas
El jefe de Gobierno porteño envió un proyecto de ley a la Legislatura local para “reducir sensiblemente el costo de las obras” en dos emprendimientos habitacionales linderos a las vías del tren Belgrano Sur.
El jefe de Gobierno porteño envió un proyecto de ley a la Legislatura local para “reducir sensiblemente el costo de las obras” en dos emprendimientos habitacionales linderos a las vías del tren Belgrano Sur.
Ante la sugerencia de la subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta, envió a la Legislatura porteña un proyecto de ley que propone “la eximición de los tributos, establecidos en el Código Fiscal y la Ley Tarifaria, a los hechos imponibles que surjan de los emprendimientos de viviendas y cocheras que se desarrollan en los predios denominados “Estación Buenos Aires” (2476 viviendas, 74 locales comerciales y 1090 cocheras; Parque Patricios y Barracas, Comuna 4) y “Estación Sáenz” (298 viviendas distribuidas en 5 edificios; Nueva Pompeya, Comuna 4) y que forman parte del programa PRO.CRE.AR”.
La Ex Playa Ferroviaria Estación Buenos Aires se encuentra delimitada por las calles Suárez, Lavardén, Miravé, Lafayette, Suárez, Av. Vélez Sarsfield y las vías del Ferrocarril Línea Belgrano Sur. La Ex Playa Ferroviaria Estación Dr. Antonio Sáenz se halla delimitada por las calles Tilcara, Las Palmas, Av. Perito Moreno y vías del Ferrocarril Línea Belgrano Sur.
El proyecto también “propicia, la exención del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros respecto a los predios mencionados hasta la transferencia de los inmuebles a los beneficiarios-adjudicatarios de las viviendas y cocheras otorgadas en el marco del Programa PRO.CRE.AR, como así también la condonación de deudas por el mismo tributo. Respecto a los hechos imponibles ya perfeccionados en el marco de la presente ley se solicita su exención”.
“Es dable señalar que el otorgamiento de las exenciones requeridas en este marco permitirá reducir sensiblemente el costo de las obras correspondientes a ambos emprendimientos habitacionales, con el consecuente impacto positivo en el precio final de las viviendas, y la correspondiente mejora en ‘Edades de acceso al crédito para adquisición de las viviendas por parte de los futuros beneficiarios”, suma la defensa oficial de esta propuesta parlamentaria.