Muiños impulsa una modificación a la ley de Comunas en la Legislatura porteña

Pide actualizar la norma sancionada en 2005. “Se pretende dotar a las Comunas de la Ciudad de estructuras modernas, más acordes con la realidad”, afirma la representante del Bloque Peronista.

Pide actualizar la norma sancionada en 2005. “Se pretende dotar a las Comunas de la Ciudad de estructuras modernas, más acordes con la realidad”, sostiene el proyecto de la representante del Bloque Peronista

La legisladora porteña María Rosa Muiños (Bloque Peronista) presentó un proyecto de ley en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires para modificar la Ley 1.777 Orgánica de Comunas, sancionada en 2005. En los fundamentos, la legisladora afirma que es para “dotar a las Comunas de la Ciudad de estructuras modernas, más acordes con la realidad”.

“Supone mayores obligaciones para los miembros de las Juntas Comunales, toda vez que se determina con claridad con que frecuencia deberán realizarse las reuniones de Junta y la asistencia de los representantes Comunales”, explica Muiños.

“A su vez, se determinan con claridad las obligaciones con que cuenta cada Comuna respecto de la elaboración participativa de su anteproyecto de presupuesto anual, fortaleciendo no sólo el espíritu del Constituyente local plasmado en el artículo 129 de la Constitución Local, sino también de las previsiones de la ley 70 –que otorga a las Comunas de la Ciudad el carácter de jurisdicción presupuestaria- y la ley 1777 vigente”, agrega.

“Se pretende una necesaria modificación del Consejo de Coordinación Intercomunal, dotándolo de un integrante que represente a la segunda fuerza política de cada Comuna, con el objeto de que en ese marco se puedan discutir con la mayor apertura democrática posible. Por otro lado, al actualizar la organización de las Comunas y sus áreas de gestión, se respeta la estructura organizativa del Poder Ejecutivo Local, garantizando de este modo una mejor prestación de los servicios”, augura la representante.

“A mayor abundamiento, se pretende dotar a las Comunas de estructuras técnicas que colaboren con la Junta Comunal para un mejor aprovechamiento de los recursos con que cuenta cada Comuna, privilegiando para ocupar esos cargos al personal que actualmente revista planta permanente. Por si fuera poco, se cumple con la obligación prevista por la Ley 6, mediante la creación de una Oficina dedicada exclusivamente al trámite y gestión de audiencias públicas, ello en pos de continuar profundizando los procesos de participación ciudadana y democracia participativa”, resume Muiños.

“Incluso, se cumple con una obligación de la actual Ley 1777, en lo relativo a la creación de una Unidad de Auditoria Interna, con las obligaciones y funciones propias de este tipo de oficinas. No puede dejar de soslayarse a su vez, que se otorga carácter permanente a la Comisión de Seguimiento y Control creada por medio de la ley 3233 de esta Ciudad. Ergo, esta necesaria actualización de la Ley 1777, pretende dotar a las Comunas de la Ciudad de estructuras modernas, más acordes con la realidad –que necesariamente difiere con aquella del año 2005, cuando se sancionó la legislación vigente- y determinar con claridad sus competencias y obligaciones, lo que necesariamente redundará en una mejora en la calidad de los servicios”, concluye la legisladora del Bloque Peronista.

Este proyecto fue presentado en el marco de la inclusión de gerentes y subgerentes en la estructura de las Juntas Comunales. Esta medida se avaló a través de la Resolución Conjunta N° 1863/MHGC/17 del Boletín Oficial Nº 5193 de día 17 de agosto.

Un grupo de comuneros porteños escribió una carta destinada al jefe de Gabinete de Ministros de la Ciudad de Buenos Aires, Felipe Miguel, donde hacen recomendaciones para el proceso de designación de estos gerentes comunales. La nota también fue recibida en copia por la Comisión de Descentralización de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, presidida por Paula Penacca (Frente para la Victoria).

Entre las sugerencias para “fomentar mayor transparencia, participación y control por parte de las Juntas Comunales”, piden que todos los comuneros puedan proponer postulantes para los cargos gerenciales.

También plantean que la Comisión Evaluadora no deberá ser compuesta solo por el Presidente de la Junta, sino por sus siete miembros, votados por los vecinos de toda la Ciudad de Buenos Aires en las últimas elecciones de 2015.

“Sostenemos que es un paso fundamental en la jerarquización de las tareas profesionales que desarrollan los agentes en las comunas todos los días. La carrera administrativa, no solo garantiza mejoras personales, sino que ordena y garantiza alcanzar objetivos grupales en forma más consensuada”, concluyen al respecto.

Firman esta nota, entre otros, los siguientes comuneros del Frente para la Victoria: Edith Oviedo (Comuna 1), Laureano Bielsa (Comuna 2), Gabriel Zicolillo, María Suárez (Comuna 3), Victoria Colombo (Comuna 4), Laura Corvalán (Comuna 5), Osvaldo Balossi (Comuna 6), Eusebio Lisandro Guanca (Comuna 7), Facundo Nicolás Roma (Comuna 8), Leonardo Gabriel Farías (Comuna 10), Delfina Velázquez (Comuna 11), Julieta Costa Díaz (Comuna 13), Diego Sokolowicz  (Comuna 14), Camila Rodríguez (Comuna 15).

Además, el bloque SUMA+ había presentado un proyecto de declaración en la Legislatura porteña sobre los cargos gerenciales. La presidenta de la bancada, María Inés Gorbea, y el legislador Marcelo Guouman piden que el Poder Legislativo muestre preocupación “frente a la aprobación del “procedimiento” para la creación de los cargos de Régimen Gerencial de las Comunas, que consta de la designación de los Gerentes por parte de los presidentes de las Juntas Comunales quedando sin participación alguna el resto de los juntistas que forman parte de las Juntas”.

“El régimen gerencial de Comunas podría implicar, en general, quitarle el rol constitucional de los Juntistas, quienes de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 1.777, son elegidos en forma directa por los ciudadanos con mandato de cuatro años. Esta situación es de gran preocupación ya que, desde el surgimiento de BA Elige que se vienen indicando muestras de evadir la institucionalidad del gobierno colegiado de las Comunas”, afirman los representantes.

“Como antecedente, en el año 2014 se llevó a cabo un amparo para impedir el avance del Decreto 251/14 ya que el mismo contrariaba el Título VI de la Constitución de la Ciudad y a la Ley 1777, considerando tal acto del Poder Ejecutivo como un avasallamiento al gobierno colegiado de las Comunas. Este año, nuevamente, desde el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se insiste en el establecimiento de cargos para régimen gerencial, lo cual significa crear la figura de 1) Gerente Operativo de Gestión Administrativa, 2) Gerente Operativo de Gestión comunal y los siguientes agregados: 3) Subgerencia Operativa de Participación Vecinal y Atención Vecinal 4) Subgerencia Operativa de Control Comunal y de Obras”, describen los representantes.

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