Las fuerzas de seguridad pedirán DNI en estaciones de trenes: inicia en Retiro y Lacroze
Apunta a identificar a aquellos sobre quienes pueda pesar una “medida restrictiva de carácter judicial”.
Los ministerios nacionales de Seguridad y Transporte presentaron el programa “Ofensores en trenes” que habilita a las fuerzas de seguridad a requerir el DNI de las personas que transiten las distintas estaciones de tren de la Ciudad de Buenos Aires y de todo el país. Lo oficializaron con la Resolución 845/2019, publicada este jueves en el Boletín Oficial de la República Argentina (BORA).
El programa se implementará primero en las estaciones Retiro (Comuna 1) y Lacroze, en Chacarita (Comuna 15), de la Ciudad de Buenos Aires.
El documento apunta a identificar a aquellos sobre quienes pueda pesar una “medida restrictiva de carácter judicial”. Se instruye a las fuerzas a que “extremen los recaudos y facultades de control que le son propias en zonas de ingreso, egreso, tránsito y/o permanencia de personas que usan el transporte público en trenes de pasajeros”.
Los considerandos de la Resolución dicen: “Que conforme lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 17.671, la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) expedido por el Registro Nacional De Las Personas será obligatoria en todas las circunstancias en que sea necesario probar la identidad de las personas, sin que pueda ser suplido por ningún otro documento de identidad cualquiera fuere su naturaleza y origen”.
Efectivos de Prefectura y Gendarmería también estarán autorizados a llevar a cabo este proceso, junto a la Policía Federal Argentina (PFA).
En sus considerandos, la Resolución indica que la decisión se enmarca dentro de la Ley de Seguridad Interior N° 25.059 y que “la interceptación de un ciudadano en la vía pública por parte de la Policía con fines de identificación, en este caso exigir la exhibición de su documento de identidad, forma parte de su actividad, toda vez que tiene entre sus funciones la de ‘prevenir delitos’”.
Se cita un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la CABA (TSJ) que en 2016 avaló la facultad de la Policía para pedir documentos a peatones en lugares públicos.
El artículo primero de la Resolución establece: “Créase el “PROGRAMA OFENSORES EN TRENES”, que funcionará en la órbita de este MINISTERIO DE SEGURIDAD, y que tendrá por finalidad la prevención de delitos en el sistema de transporte público de trenes de pasajeros”.
El segundo señala: “Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad a los efectos de que extremen los recaudos y facultades de control que le son propias en zonas de ingreso, egreso, tránsito y/o permanencia de personas que utilizan el transporte público en trenes de pasajeros, teniendo por objeto, a través de la verificación de identidad de las mismas, la constatación de la posible existencia y/o vigencia de medidas restrictivas de carácter judicial”.
El tercero postula: “En caso de comprobarse la existencia de medidas restrictivas se comunicarán a la autoridad judicial pertinente, labrándose un acta en la que se notificará a la persona identificada de lo que en consecuencia disponga dicha autoridad, conforme modelo obrante en ANEXO I (IF-2019-89882065-APN-DNELYN#MSG). En caso de presentarse más de una medida judicial de carácter restrictivo, deberá informarse a los magistrados sobre la existencia de procesos concomitantes y el alcance de las restricciones vigentes”.
El siguiente suma: “A los efectos de la implementación de la presente, de ser necesario, se podrán coordinar acciones con las Provincias, la Ciudad Autónoma De Buenos Aires y distintos organismos nacionales mediante la firma de convenios”.
El Anexo de la Resolución muestra este modelo de acta: