Impulsan el “comodato social” para las personas en situación de calle

Se propone como alternativa a los subsidios habitacionales. En la última década hubo al menos seis fallos de este tipo el suelo porteño.

En una década hubo al menos seis fallos de cesión de inmuebles estatales ociosos “en comodato social” a gente en situación de calle o “extrema vulnerabilidad social”. El Tribunal Superior de Justicia de la CABA, máxima instancia judicial en suelo porteño, define si es “una figura jurídicamente idónea o no”.

Se piensa en este comodato como una instancia superadora de los subsidios habitacionales del Programa Atención para Familias en Situación de Calle de la CABA. En abril de este año lo recibían un total 9.177 personas y, según el Observatorio por el Derecho a la Ciudad, “casi el 60%” accedieron por orden judicial.

Este Observatorio estima que “el préstamo gratuito de inmuebles estatales ociosos es la solución creativa por la que están optando algunos tribunales porteños que buscan garantizar de manera real y permanente el derecho constitucional a la vivienda a personas en extrema vulnerabilidad, afirman fuentes judiciales en lo que perfilan como una nueva doctrina superadora del mero subsidio habitacional”.

Este comodato es una figura a la que recurrieron al menos seis fallos del fuero Contencioso Administrativo desde 2009 (cuatro de primera instancia y dos de segunda).

El presidente de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Carlos Balbín, ex procurador del Tesoro, dijo a Télam: “El derecho a la vivienda se satisface básicamente a través de subsidios, pero hemos entendido que resulta insuficiente en razón del monto y del plazo por el cual se otorga: ahí nace el comodato social”.

El funcionario aclaró: “Como fueron apeladas al Tribunal Superior de Justicia, estas sentencias de Cámara no se hicieron efectivas aún y es altamente probable que sea la Corte la que defina si el comodato social es una figura jurídicamente idónea o no”.

El juez Roberto Gallardo, autor de los primeros fallos de este tipo, dijo: “Es una figura que hemos creado judicialmente, no prevista en la legislación, que tiene por finalidad ser una suerte de superación de las actuales políticas públicas en materia de vivienda para grupos vulnerables”.

El asesor tutelar Gustavo Moreno afirmó que “el derecho a la vivienda adecuada que los tratados internacionales plasman como obligación de los Estados, no implica necesariamente propiedad sino seguridad jurídica” en su ejercicio.

“Las viviendas sociales siempre se pensaron a través de créditos hipotecarios, pero después la gente no podía pagar e iban a remate. Por eso, desde una perspectiva social parece muy aceptable el comodato, dado que la propiedad queda en manos del Estado, que la presta y no la va a sacar”, dijo.