Habilitan feria judicial para la exhumación de restos mal identificados en el Hospital Muñiz

Fue un pedido del Gobierno porteño. Es porque en el centro de salud de Parque Patricios entregaron el cuerpo de una mujer a la familia equivocada.

Por pedido del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de feria N° 1, Patricia López Vergara, hizo lugar a la solicitud de habilitación de la feria judicial y ordenó continuar con el trámite para hacer la exhumación ordenada por la titular del Juzgado n.° 1, Romina Tesone, al cuerpo de una mujer en el Hospital Muñiz de Parque Patricios, ya que semanas atrás lo entregaron a la familia equivocada. Por este motivo renunció la directora del centro de salud ubicado en Uspallata 2272 (Comuna 4).

Sandra Ábalos, de 41 años, falleció a comienzos de julio en el Muñiz. Su familia no retiró el cuerpo porque descubrió que fue entregado por error a otra familia que la enterró en el cementerio de Monte Grande. No se dieron cuenta porque el velorio fue a cajón cerrado.

López Vergara exhortó al juez de feria interviniente en la provincia de la Provincia de Buenos Aires que habilite la feria judicial a fin de cumplir con lo requerido y señaló que «en virtud del Acuerdo nº 3941/2019 de la Suprema Corte de Buenos Aires, corresponde que el trámite sea diligenciado por ante el Juzgado Civil y Comercial nº 11 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires y/o el que resulte juez de feria habilitado a estos fines». Todo ello en el marco de la causa caratulada «GCBA sobre medida cautelar autónoma», expone Ijudicial.

En la resolución, la magistrada advirtió que «no acceder a la habilitación de feria pretendida podría irrogar graves perjuicios a los familiares de las difuntas involucradas, en tanto se prolongaría aún más el estado de incertidumbre que recae sobre la identidad de los cuerpos». Y agregó que «a fin de no tornar ilusorios los derechos constitucionales y convencionales a la salud psíquica, integridad espiritual, dignidad e identidad –los cuales se encuentran en juego en el sub judice– corresponde hacer lugar al requerimiento efectuado y, en consecuencia, habilitar la feria judicial». A continuación, recordó que «el fallecimiento de la señora Ábalos ocurrió el día 06/07/2019 y que a la fecha aún los familiares no han podido obtener el cumplimiento de la resolución dispuesta el 15/07/2019 a raíz de las distintas vicisitudes procesales ocurrida». «Ello, más allá del desprestigio social que conlleva, hablaría más que de una justicia ciega para cumplir con el cometido de su obligación de imparcialidad, de una sordera a los reclamos de los litigantes y una total falta de empatía para con otro ser humano», sostuvo.

«Como jueces tenemos mayores obligaciones en no agravar los padecimientos de quienes ya han sido ultrajados en su dolor. Por ende, exhorto a quien deba intervenir en jurisdicción de Provincia de Buenos Aires que habilite la feria judicial a los fines de cumplir con la manda que surge del oficio exhorto de autos», concluyó López Vergara.

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