El TSJ ratificó que el proyecto inmobiliario Astor San Telmo excede la altura oficial y deben reformularlo
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad rechazó los recursos planteados por el Gobierno porteño y la empresa TGLT y reconoció que el proyecto supera los límites de altura previstos en la normativa vigente. El inmueble está dentro del Área de Protección Histórica N° 1, correspondiente al Casco Histórico.
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJ) rechazó los recursos planteados por el Gobierno porteño y la empresa TGLT contra la sentencia de segunda instancia que había convalidado la nulidad de una Disposición de 2016 que permitía construir el desarrollo inmobiliario Astor San Telmo entre Bolívar 1545, Perú 1560 y avenida Caseros 527 porque su planificación excede los límites de altura previstos por el Código de Planeamiento Urbano (actual Código Urbanístico), informó el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC). Se debe reformular bajando la altura proyectada, en teoría, unos dos pisos.
“La norma que se viola corresponde a los parámetros urbanísticos del Área de Protección Histórico N° 1, correspondiente al Casco Histórico”, aclaró el ODC y detalló que el edificio tiene una envergadura de media manzana. El GCBA autorizó sobre la Av. Caseros y la calle Bolívar a construir un edificio con una altura aproximada de 30m cuando en esta zona del APH1 sólo se permite 22 m. sobre la primera y 13 m sobre la segunda.
El amparo judicial fue presentado por la ONG de patrimonio y urbanismo Basta de Demoler en 2017. En noviembre de 2019 se dictó sentencia de primera instancia que declaró nulos los permisos de obra “por ilegales”. En julio de 2020 la Sala II de la Cámara en lo CAyT confirmó la sentencia de primera instancia rechazando las apelaciones de la empresa TGLT (que adquirió la constructora Caputo S.A.) y del GCBA.
Jonatan Baldiviezo, abogado de la causa y fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad y de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos declaró: “En la Ciudad existe una práctica sistemática por parte de la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR) para autorizar emprendimientos inmobiliarios violando el Código de Planeamiento Urbano o, el ahora vigente Código Urbanístico, con el único objetivo de permitir una mayor capacidad constructiva en los inmuebles y ganancias para los desarrolladores inmobiliarios sin considerar los derechos ambientales y culturales de los porteños. El caso del Astor San Telmo es un caso ejemplar. Con el nuevo Código Urbanístico esta práctica ha mutado a lo que se llaman Convenios Urbanísticos, excepciones inmobiliarias que consiguen las desarrolladoras a través de leyes en la Legislatura porteña dando como contraprestación un monto de dinero”.
“La ilegalidad del permisos otorgado al Mamotreto Astor San Telmo se enmarca en el Plan de Renovación del Casco Histórico que está impulsando el GCBA que pretende transformarlo en una gran polo gastronómico a cielo abierto expulsando a los residentes permanentes del barrio”, sumó.