Advierten que sólo el Congreso puede autorizar la venta de inmuebles y terrenos fiscales

Días atrás, el presidente Mauricio Macri firmó un decreto para autorizar a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a vender 17 terrenos de CABA y PBA.

El Observatorio del Derecho de la Ciudad advirtió, mediante un comunicado, que la disposición del uso y la enajenación de tierras de propiedad del Estado Nacional es competencia del Congreso, como respuesta al decreto que días atrás firmó Mauricio Macri para autorizar a la Agencia de Administración de Bienes del Estado a vender 17 terrenos.

Tal como contó hace una semana Pura Ciudad, el Gobierno Nacional autorizó a través del escrito 952/2016 publicado en el Boletín Oficial, a comercializar los inmuebles, 13 de los cuales están ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cuatro en la provincia de Buenos Aires, cuya superficie total de terreno a vender es aproximadamente de 18.480 m2.

El decreto recuerda que la Agencia de Administración de Bienes del Estado fue facultada para transferir y enajenar “bienes inmuebles desafectados del uso con el fin de constituir emprendimientos de interés público, destinados al desarrollo y la inclusión social, en coordinación con las áreas con competencia específica en la materia”.

Sin embargo el Observatorio recordó a través de un informe que “la Constitución de la Nación establece que la disposición del uso y la enajenación de tierras de propiedad del Estado Nacional es competencia del Congreso (art. 75 inciso 5). Por lo tanto, el Presidente ni la AABE podría vender tierras sin la autorización del Congreso. Esto no fue estipulado en el Decreto N° 952/2016 que avanzaría sin dar intervención al Congreso. Por lo tanto, estas ventas serían inconstitucionales”.

terrenos
Algunos de los inmuebles en cuestión

“El art. 76 de la CN dispone que se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo salvo en materias determinadas de administración o emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca. El Decreto-Ley N° 22.423 no contempla un plazo ni base para el ejercicio de las competencias delegadas. No respetando el art. 76 de la CN” marcó además.

Agregaron que “se estima que el Estado Nacional es dueño de unos 80.000 inmuebles en todo el país, entre los que existen terrenos baldíos, oficinas abandonadas, campos, departamentos, cocheras y edificios en los que la administración nacional no brinda servicio alguno. Todos estos inmuebles si el presidente universaliza el procedimiento del Decreto N° 952/2016 pueden llegar a venderse sin intervención del Congreso. Por otra parte, la AABE está autorizada a recurrir al procedimiento de venta directa, cuando concurrieran circunstancias técnicas, sociales, económicas o de interés general que lo justifiquen. Esto da un marco de discrecionalidad muy peligroso que evita los controles de una subasta pública”.

“Mauricio Macri a nivel nacional a través del Decreto N° 952/2016 está queriendo lograr lo que el Pro no pudo hacer en la Ciudad. Tener un organismo estatal con el principal objetivo de vender tierras públicas sin requerir la aprobación del Parlamento. El Congreso Nacional debería avanzar en la derogación expresa del Decreto-Ley N° 22.423 y adoptar todas las medidas para evitar la venta de tierras públicas sin su aprobación” concluyó el Observatorio del Derecho de la Ciudad.


Dónde están los terrenos que desataron la polémica

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